Diferencias entre herencia con y sin testamento: qué debes saber

El fallecimiento de un familiar plantea diversas cuestiones legales, especialmente cuando se trata de la herencia. Una de las más importantes es si el causante otorgó testamento. Este hecho determinará los pasos a seguir y el reparto de los bienes entre los herederos.

¿Qué ocurre cuando hay testamento?

Cuando el fallecido dejó testamento, el proceso sucesorio se inicia con la obtención de una copia autorizada del testamento desde el Registro de Últimas Voluntades. El notario tramita la escritura de aceptación y reparto conforme a lo dispuesto en el testamento, respetando la legislación sobre legítimas. En caso de desacuerdo entre herederos, pueden iniciarse procedimientos judiciales.

¿Y si no hay testamento? ¿Quién hereda por ley?

En ausencia de testamento se abre la sucesión intestada. Se requiere una declaración de herederos abintestato ante notario (si los herederos son descendientes, ascendientes o cónyuge). La ley establece un orden de sucesión: primero los hijos y descendientes, luego los ascendientes, cónyuge, y por último colaterales. El reparto se hará conforme al Código Civil.

Javier Martínez Álvaro ofrece asesoramiento jurídico en todos los trámites sucesorios, tanto si existe testamento como si no, velando por tus derechos durante el reparto de la herencia y resolviendo cualquier conflicto que pueda surgir entre herederos.

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